El “título 8” es una normativa vigente en la Ley Migratoria de Estados Unidos. La orden permite a las autoridades arrestar a los migrantes que ingresen de forma ilegal al país y procesarlos para una deportación rápida con cargos penales.
En marzo de 2020, bajo la crisis por COVID-19, el gobierno del ex presidente Donald Trump impulsó la medida sanitaria llamada “título 42”. Bajo esta disposición, la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés) prohibía la entrada de ciertas personas que «potencialmente representan un riesgo para la salud». Ya sea por las restricciones de viaje previamente anunciadas o por haber ingresado ilegalmente al país con el fin de «eludir las medidas de detección médica».
Sin embargo, el 11 de mayo se dio fin a este título y se aplicó nuevamente el “título 8” con ciertas extensiones que, según varios expertos, vulneran a la población migrante.
EE. UU implementó mayor seguridad en la frontera sur para tener un mayor control sobre el paso de migrantes y se cumpla el “título 8”. Una de las extensiones de esta normativa vigente, habla sobre los procedimientos, regulaciones de estancia, permanencia, naturalización de las personas no ciudadanas, repercusiones penales y prohibiciones de ingreso (por hasta 5 años). Todas estas medidas pueden afrontar los migrantes de incumplir con los requisitos de ingreso.
La comunidad internacional está a la expectativa de que cientos de personas migrantes ahora tengan que verse expuestos a una “brutalidad policial más exacerbada y pasar por procesos burocráticos que los tengan en incertidumbre y en limbo institucional, durante semanas, meses, incluso años. Las personas tenemos derecho a migrar y no ser expuestas a situaciones que atenten con nuestra vida y derechos.”
Reporta: Jessica Hernández y Carlos García desde Radio Huayacocotla; México.