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Por: Mikel Berraondo

A mediados de diciembre pasado la Unión Europea llegaba a un acuerdo importante para el futuro del respeto de los derechos humanos en el mundo de la empresa. Las instituciones europeas se ponían de acuerdo sobre el texto definitivo que tendrá la nueva directiva europea sobre debida diligencia en la sostenibilidad corporativa y remitían el texto para sus votaciones finales a mediados de enero. Críticas aparte, esta nueva directiva supondrá un antes y un después para la debida diligencia en derechos humanos, ya que se convierte en un concepto jurídico que generará obligaciones para las empresas y aumentará la protección judicial de todas aquellas personas que sean víctimas de violaciones de sus derechos humanos por empresas.

A unos 8.100 km de distancia, en La Guajira Colombiana la situación es complicada. Más complicada de lo habitual debido a la llegada de muchas empresas energéticas, varias de ellas europeas, con la intención de desarrollar proyectos de energía eólica y solar, muy necesarios para el abastecimiento energético del País. La región colombiana de La Guajira es el territorio ancestral del pueblo Wayuu y de comunidades afrodescendientes asentadas siglo atrás. En sus paisajes desérticos rodeados por el mar caribe se encuentra una gran cantidad de recursos naturales que la convierten en una región estratégica para el desarrollo de las políticas energéticas del País. La Guajira ha producido durante los últimos 10 años el 40% del carbón nacional, la plataforma marina que rodea la península de La Guajira es una zona importante de extracción de hidrocarburos donde se estima que hay más de 11 millones de barriles de petróleo extraíble y que además ha sido identificada como la reserva de gas más grande de Colombia. Además de esto el territorio Wayuu ha sido identificado como uno de los más importantes para la nueva transición energética ya que ocupa el primer lugar a nivel nacional por las radiaciones solares y sus vientos constantes y potentes la convierten en un territorio perfecto para la energía eólica.

Resulta complicado conocer con exactitud el número de proyectos que se están intentando desarrollar a la vez en la Guajira, así como el laberinto de empresas propietarias de dichos proyectos. La información más actualizada es la que habla de un total de 29 empresas registradas en el País pertenecientes a 17 casas matrices de Países diversos como la propia Colombia, Brasil, Chile, Canadá, USA, España, Italia, Portugal, Francia o Irlanda. Para desarrollar 57 parques eólicos en el territorio Wayuu de la Guajira, con un total de 2833 aerogeneradores cada vez más potentes gracias a las nuevas tecnologías, que plantea un total de capacidad energética de 12,8GW. Los parques eólicos se reservan cerca de 30.000 hectáreas en donde serán instaladas torres hasta de 120 metros de altura con aspas entre 100 y 140 metros de diámetro; el área que cubre cada parque no sólo es la del polígono demarcado por filas con torres cada una de 200 a 250 metros y separación de 500 metros entre filas, sino por vías y autorización de redes y de movimientos en cada fase del proyecto. Las afectaciones en los usos del territorio, la movilidad de la población, sus costumbres de territorios compartidos y de usos estacionales, y, en definitiva, sus derechos humanos son evidentes. La modalidad de convenios o contratos que se está imponiendo conlleva un fraccionamiento de las comunidades y acentúa dominios, competencia y desintegración del pueblo Wayuu. Cada comunidad que pacta aislada con el inversionista que desarrolla el parque en su territorio pasa a comportarse como propietario privado y se pierde el sentido colectivo, la relación de pueblo entre comunidades y el mantenimiento de su cultura en un proceso de occidentalización individual.

 

La llegada de las empresas de energía a La Guajira ha seguido los patrones históricos de otros tiempos cuando la impunidad era todavía más descarada y cuando no existía ningún marco internacional de protección de derechos humanos ante los abusos de las empresas. En pocos años se ha generado un escenario bastante complicado para el desarrollo de cualquier proyecto energético ante las malas prácticas de las empresas, la desconfianza generada entre las comunidades Wayuu y la conflictividad provocada en diversas comunidades. Ejemplos no faltan. Solo en este año 2023 la empresa ENEL anunció la suspensión de la construcción del parque Windpeshi ante los retrasos provocados por los cortes de vía y los conflictos con las comunidades (lo que no contaron en su comunicado son las denuncias de autoridades tradicionales que relataban cómo intentaron hacer consultas previas con personas que no eran autoridades tradicionales o cómo provocaron conflictos en una de las comunidades para acallar a quienes estaban en contra del proyecto o como sus contratistas intentaron engañar a las comunidades.); la empresa EDPR ha decidido suspender la construcción de los parques Alpha y Beta por los mismos motivos que la empresa ENEL Curiosamente, también olvidaron comentar en sus declaraciones que las autoridades departamentales habían rechazado los procesos de consulta previa realizados por la empresa y que mantenían relaciones tensas con algunas comunidades en el área de influencia que denuncian intentos de engañar, dividir y coaccionar a dichas comunidades; la empresa CELSIA también ha anunciado que prefiere desarrollar proyectos eólicos en Perú mientras la situación en La Guajira mejora. Por no hablar del proyecto estratégico para la trasmisión de la energía, el proyecto colectoras de la empresa GEB, que lleva años de retraso acumulado por la imposibilidad de llegar a acuerdos con las comunidades indígenas y que todavía no ha comenzado su construcción.

En su desesperación, un grupo relevante de empresas presionaron al Gobierno para encontrar formas de no tener que respetar los derechos de las comunidades decretando la emergencia energética o el interés general de esos proyectos. El Gobierno intentó establecer un marco más favorable para el desarrollo de los proyectos con el Decreto No 1276 de 31 de julio de 2023. Entre otras iniciativas se promovían las comunidades energéticas como un mecanismo de participación de las comunidades a través del cual intentar sortear los derechos territoriales de las comunidades y el derecho de consulta previa. El Tribunal Constitucional declaró al decreto inconstitucional, aunque las comunidades energéticas se han mantenido y se han vuelto a regular con el Decreto No 2236 del Ministerio de Minas y Energéticas en un intento del Gobierno de flexibilizar los estándares internacionales de derechos humanos que hay que garantizar cuando se trabaja en territorios indígenas.

Por desgracia, y aunque en el ámbito de las relaciones entre empresas y grupos sociales podamos afirmar que la mala fe es patrimonio de la humanidad, en el caso de la Guajira la lista de errores cometidos por las empresas es demasiado larga, desde el momento mismo de la llega de las empresas a los territorios Wayuu. La falta de conocimiento de la realidad y del contexto cultural en la que van a instalar sus proyectos, la arrogancia de quien se cree que está salvando al mundo y no entiende que las comunidades Wayuu llevan siglos viviendo en su territorio, así como la impunidad de quien pensaba que al desarrollar proyectos de energías limpias de interés general para el Estado no necesitaban respetar los derechos humanos de las comunidades del pueblo Wayuu ha generado una situación generalizada de vulneración de derechos y de desconfianza entre las autoridades tradicionales Wayuu y los representantes de las empresas. El pasado año un grupo de 105 autoridades tradicionales del Pueblo Wayuu emitieron un comunicado bastante demoledor contras las estrategias de diálogo social de las empresas. Según este grupo de autoridades las empresas no están realizando los procesos de consulta previa con las autoridades tradicionales dueñas de los territorios, sino con quien mejor les interesa y se aviene a sus intereses; las empresas han provocado conflictos dentro de las comunidades para dividir a los grupos de oposición y tener más facilidad de entrada; se han producido muchos incumplimientos de acuerdos entre empresas y comunidades; ninguna empresa ha aplicado la Debida Diligencia en derechos humanos ni ha realizado un estudio de impactos en derechos humanos y un plan de mitigación y remediación de los impactos negativos a pesar de que los Principios Rectores de la ONU lo promueven así como el plan nacional de empresas y DDHH; las empresas no están respetando el derecho a la participación en beneficios de las comunidades. A cambio les ofrecen planes de inversión social con trampa, ya que solo pueden ejecutar dichos planes con las mismas empresas que los proponen.

Hace apenas un mes un informe elaborado por la Fuerza de Mueres Wayuu con el apoyo de Oxfam Colombia, la oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU en Colombia y Akuaipa Transformation, presentaba un panorama complejo para la realidad de las empresas energéticas en la Guajira. El informe Reflexiones de mujeres wayuu frente al cambio climático “Mujeres amigas del viento “Na ́leewain joutaikai” Este informe viene a sumarse a las constantes voces y declaraciones de autoridades tradicionales Wayuu que desde hace un tiempo denuncian que la energía no puede vulnerar sus derechos tradicionales, no debería generar conflictos dentro de las comunidades y debería beneficiar en primera instancia a las comunidades dueñas de los territorios donde se desarrollan. Según este informe, por mucho que hablemos de energías limpias y por mucha necesidad que haya de energía en el País hay que ser conscientes de que también generan impactos en las comunidades donde se van a instalar. Y que, si se quiere seguir adelante con dichos proyectos, estos proyectos deben ser inclusivos, deben ser respetuosos con los derechos humanos remediando todos los impactos negativos, y deben promover modelos de negocios sostenibles y basados en la participación en beneficios de los grupos de interés (especialmente cuando estos grupos de interés sean pueblos indígenas y vivan en Países que han ratificado el Convenio No 169 de la OIT).

Las empresas con sedes matrices en Europa deben hacer una reflexión más profunda que las demás sobre cómo deben modificar sus formas de desarrollar los proyectos en relación con los nuevos marcos normativos que se están desarrollando en Europa. En la actualidad ninguna de las empresas europeas que opera en La Guajira cumpliría con los parámetros que establece la Directiva Europea que se va a adoptar durante el mes de enero de 2024 o de las diferentes normas nacionales que ya se están desarrollando en los Países Miembros. No se han visto análisis de los riesgos y estudios de impactos en derechos humanos con participación de las comunidades. Tampoco se ven planes de remediación y mitigación de los impactos adversos. Y a juzgar por las denuncias que llegan desde las comunidades y organizaciones Wayuu tampoco se están respetando los estándares internacionales de derechos de pueblos indígenas ratificados en Colombia. En el nuevo contexto jurídico europeo de debida diligencia estás carencias generarán responsabilidades judiciales relevantes que se podrán dirimir en los tribunales europeo, además de en los colombianos, e impedirán ofrecer seguridad jurídica a los proyectos.

Paradójicamente, y en contra de lo que pueda parecer, muchas de las comunidades y organizaciones Wayuu no se oponen al desarrollo de proyectos de energías renovables en sus territorios. Se oponen a la vulneración de sus derechos, a que no se remedien los impactos negativos, a que se les intente engañar y, en definitiva, a que las empresas traten de seguir entrando en sus territorios sin respeto a la cultura y a las autoridades tradicionales. Si las empresas estuvieran dispuestas a escuchar a las autoridades tradicionales y negociar con ellas en el marco del ejercicio de sus derechos humanos es posible que la situación en la Guajira fuera diferente.

Para favorecer este nuevo contexto sería importante que las empresas asumiesen que los recursos naturales son parte de los territorios indígenas y por consiguiente son propiedad de los pueblos indígenas. En ese sentido, deberían promover un diálogo genuino con las autoridades tradicionales para generar nuevos procesos de confianza y nuevas alianzas con las comunidades que conlleven espacios de participación en la gestión de sus recursos y en los beneficios. Igualmente deberían asumir que existe el derecho a la participación en beneficios y que las organizaciones Wayuu están planteando modelos de negocios compartidos en donde dichas organizaciones participan en las empresas que generan energía en sus territorios.

 

 

Las empresas deberían modificar sus formas de relacionamiento con las comunidades indígenas en la Guajira, aplicando debida diligencia en derechos humanos en todos los proyectos. Muy especialmente en aquellos proyectos en los que los procesos de consulta previa han generado más conflictos o en aquellos casos en los que han generado divisiones internas en las comunidades. Los estudios de impactos en derechos humanos son una parte relevante tanto de los procesos de consulta previa como de la debida diligencia por lo que no debería haber excusas para no realizarlos.

En relación con la debida diligencia y las compensaciones económicas, las empresas deberían modificar sus estrategias de remediación de impactos. Las compensaciones económicas deben ser ajustadas a la remediación de los impactos que han provocado, deben contar con la aprobación de las comunidades y no deben estar condicionadas de ninguna manera por la empresa. No puede supeditarse las compensaciones económicas a que las comunidades desarrollen proyectos productivos con las empresas.

La situación en la Guajira resulta un ejemplo paradigmático de los cambios que la debida diligencia en derechos humanos está provocando en el mundo de los negocios, así como de la utilidad preventiva que puede tener. Este caso nos demuestra las dificultades, cada vez mayores, que tienen que enfrentar las empresas que quieren operar fuera de este nuevo marco jurídico. Y nos demuestra las capacidades de incidencia que pueden tener los grupos de interés exigiendo el respeto de los estándares internacionales de derechos humanos en el desarrollo de proyectos empresariales.