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La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz ordenó que el Colegio Médico de Bolivia debe garantizar la prestación de los servicios públicos de salud en condición de normalidad.

El fallo judicial surgió en consecuencia de la Acción Popular que presentó el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, después de que el Colegio Médico realizó un paro de 48 horas en demanda de la abrogación de los decretos 3091 y 3092, el primero que crea la Autoridad de Fiscalización del Sistema de Salud y el segundo que declara la libre afiliación a seguros de corto plazo.

Tezanos argumentó que el derecho de los médicos a la huelga no debería perjudicar el derecho de la colectividad a la salubridad pública. El Tribunal le dio la razón y declaró que los médicos deben brindar servicios normales de salud a pesar de sus medidas de presión.                 

La sentencia emitida este lunes “dispone el cumplimiento del deber de garantizar el derecho a la salubridad en condiciones de normalidad de todos los usuarios del servicio de salud público, por parte del Colegio Médico a tiempo de ejercitar su derecho a la huelga”, según la lectura en audiencia.
 
Asimismo, la sentencia señala que esas condiciones de normalidad deben ser garantizadas por los ministerios de Salud y de Trabajo.

Nos informa Rosemary Mamani de Escuelas Radiofónicas de Bolivia – ERBOL La Paz:

Fuente: ERBOL