En el marco del Encuentro de Medios Comunitarios, celebrado en CIESPAL el 21 de febrero de 2018, las organizaciones y personas que suscribimos hacemos las siguientes propuestas para reformar la Ley Orgánica de Comunicación:
- La Ley Orgánica de Comunicación NO debe ser derogada, sino reformada.
- Eliminar la Superintendencia de Comunicación – SUPERCOM (artículo. 55, 56, 57, 58 y 59). Sus competencias reguladoras deberán ser asumidas por el CORDICOM.
- Eliminar el artículo 26 de la LOC referido al linchamiento mediático.
- Reformular la conformación del Consejo de Regulación de la Información y Comunicación – CORDICOM, con una participación mayoritaria de ciudadanos y ciudadanas que no tengan intereses en el sector, conforme el artículo 232 de la Constitución. También deben reformularse sus competencias y funcionamiento.
- Revisar el artículo 71 de la LOC que tipifica a la comunicación como un servicio público. La comunicación es un derecho humano y universal. Esto implicará derogar la enmienda constitucional referida al tema.
- Eliminar la exigencia de títulos profesionales y académicos para el ejercicio de la comunicación, porque atenta contra el derecho a la comunicación, libertad de expresión y la normativa internacional.
- Garantizar que los medios comunitarios, por su naturaleza sin fines de lucro, puedan recibir colaboradores en calidad de pasantes y voluntarios, con la revisión del artículo 44 de la LOC.
- Eliminar el artículo 83 de la LOC que se refiere a los “Medios Públicos de Carácter Oficial”, y establecer los mecanismos adecuados para que éstos se consideren únicamente como medios públicos.
- Fortalecer las medidas de Acción Afirmativa (artículo 86) incluyendo, entre otras, la creación de un Fondo de Fomento para medios comunitarios.
- Incluir a los medios comunitarios en la distribución de la publicidad estatal, para favorecer su sostenibilidad (artículo 95). El 10% de la publicidad privada (artículo 96) será destinado a alimentar el Fondo de Fomento de los medios comunitarios.
- Diferenciar y facilitar los requisitos para la adjudicación de frecuencias a los medios comunitarios (artículo 110) y eliminar los pagos por concesión y uso de frecuencias, dado el carácter social y sin fines de lucro de dichos medios.
- Incluir en el artículo 110 que la apertura de concursos para la adjudicación de frecuencias para medios comunitarios, puedan ser solicitadas por los mismos colectivos, organizaciones, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades a la autoridad de telecomunicaciones, según sus propias necesidades.
- Hacer efectiva la distribución tripartita del espectro radioeléctrico (artículo 106) y la NO concentración de frecuencias (artículos 112, 113 y 114) e incluir una transitoria para que la autoridad de telecomunicaciones revise las concesiones que incumplen con la ley.
- Crear una defensoría del público de carácter ciudadano y no sancionadora.
Además de estas propuestas, exhortamos a que el CORDICOM dé respuesta a las solicitudes presentadas en el concurso de frecuencias.
Las organizaciones, redes y ciudadanos/as que suscribimos esta propuesta, constituidos en una asamblea permanente, nos comprometemos a un diálogo abierto, plural y democrático para lograr las reformas de la Ley Orgánica de Comunicación.
Quito, 21 de febrero de 2018
Firman:
Coordinadora de Medios Comunitarios, Populares y Educativos del Ecuador, CORAPE
Asociación Latinoamericana de Educación y Comunicación Popular, ALER
Asociación Católica de Comunicación, SIGNIS Ecuador
Fundación EL CHURO
Instituto Radiofónico Fe y Alegría, IRFEYAL
RADIALISTAS APASIONADOS Y APASIONADAS
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